{"id":401,"date":"2021-06-15T13:47:24","date_gmt":"2021-06-15T19:47:24","guid":{"rendered":"https:\/\/coopclaret.hn\/wordpress\/?page_id=401"},"modified":"2022-11-03T15:02:30","modified_gmt":"2022-11-03T21:02:30","slug":"derechos-y-obligaciones","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/coopclaret.hn\/atencion-al-cooperativista\/derechos-y-obligaciones\/","title":{"rendered":"Derechos y Obligaciones"},"content":{"rendered":"\n
En adici\u00f3n a los derechos conferidos en la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica y otras leyes, toda persona que utilice los servicios o adquiera productos de una cooperativa, tiene los derechos siguientes:<\/p>\n\n\n\n
1. Se le proporcione informaci\u00f3n documental o electr\u00f3nica, seg\u00fan lo autorice el cooperativista sobre los t\u00e9rminos y condiciones del servicio y\/o producto financiero que pretende adquirir, antes, durante y despu\u00e9s de la celebraci\u00f3n de un contrato o de cualquier otro documento donde se formalice la prestaci\u00f3n del mismo; la cual, deber\u00e1 ser veraz, \u00edntegra, confiable, peri\u00f3dica, oportuna y de f\u00e1cil comprensi\u00f3n, que le permita conocer sus derechos y deberes;<\/p>\n\n\n\n
2. Recibir un trato diligente y respetuoso por parte del personal de las cooperativas, desde que se solicita la informaci\u00f3n y durante la obtenci\u00f3n de la prestaci\u00f3n de los servicios o productos;<\/p>\n\n\n\n
3. Ser atendidos en el menor tiempo posible, independientemente del tipo de transacci\u00f3n u operaci\u00f3n que realicen;<\/p>\n\n\n\n
4. Contar las cooperativas con los medios y procedimientos necesarios para proporcionar y difundir informaci\u00f3n sobre los productos y servicios ofrecidos a los cooperativistas, a trav\u00e9s de personal debidamente capacitado;<\/p>\n\n\n\n
5. Difundir las cooperativas, publicidad clara, veraz y precisa y que la misma contemple las condiciones del producto o servicio ofrecido, incluyendo, pero no limitando, a las especificaciones relativas a su alcance y sus costos, y que la misma no induzca a enga\u00f1o, error y confusi\u00f3n a los cooperativistas;<\/p>\n\n\n\n
6. Recibir copia del contenido \u00edntegro de los contratos suscritos y sus reformas, acompa\u00f1ados del plan de pago respectivo o de otro documento donde se formalice la prestaci\u00f3n de un servicio o producto, en cualquier momento y en forma gratuita, pudiendo entregarse de forma impresa o por correo electr\u00f3nico, seg\u00fan lo indique por escrito el cooperativista;<\/p>\n\n\n\n
7. Obtener en tiempo y forma el recibo correspondiente al pago del servicio o producto pactado, detall\u00e1ndose los conceptos a que se hayan aplicado los pagos;<\/p>\n\n\n\n
8. Recibir el c\u00e1lculo de la tasa de inter\u00e9s nominal y efectiva, comisiones u otros conceptos de cualquier servicio o producto pactado; as\u00ed como, el Costo Anual Total (CAT) del cr\u00e9dito;<\/p>\n\n\n\n
7. Obtener en tiempo y forma el recibo correspondiente al pago del servicio o producto pactado, detall\u00e1ndose los conceptos a que se hayan aplicado los pagos;<\/p>\n\n\n\n
9. Acceder a informaci\u00f3n clara y de f\u00e1cil identificaci\u00f3n sobre las tasas de inter\u00e9s, comisiones u otros conceptos de los servicios o productos financieros ofrecidos;<\/p>\n\n\n\n
10. Contratar servicios y productos con plena libertad, sin presi\u00f3n de ninguna naturaleza;<\/p>\n\n\n\n
11. Recibir justificaci\u00f3n de las cooperativas sobre la negativa en la prestaci\u00f3n de servicios o productos solicitados, la cual no podr\u00e1 fundamentarse en un tratamiento discriminatorio, a excepci\u00f3n de aquellos casos en que la negativa est\u00e9 basada en el cumplimiento de requisitos dispuestos en el marco legal y pol\u00edticas internas que le fuera aplicable;<\/p>\n\n\n\n
12. Suscribir contratos de adhesi\u00f3n conforme lo establecido en el marco regulatorio y normativo correspondiente, que no contengan pr\u00e1cticas y cl\u00e1usulas abusivas;<\/p>\n\n\n\n
13. Disponer del dinero depositado, por lo que se proh\u00edbe negar el acceso a los recursos depositados, a excepci\u00f3n de dep\u00f3sitos pignorados por operaciones de cr\u00e9dito, o por disposici\u00f3n establecida en ley, por lo que no se podr\u00e1 aplicar cargos por inactividad de cuentas o mantenimiento de saldo menores a los requeridos. Mismos que pueden ser contratados por canales electr\u00f3nicos, con igual efecto y consecuencias que los contratos celebrados de forma ordinaria;<\/p>\n\n\n\n
14. Cancelar anticipadamente el saldo de las operaciones activas total o parcialmente, con la consiguiente aplicaci\u00f3n de los intereses que correspondan a la fecha de cancelaci\u00f3n y sin penalidad alguna; se except\u00faa, cuando el monto a cancelar anticipadamente, sea superior a cincuenta mil d\u00f3lares (US$50,000.00) o su equivalente en Lempiras, calculada \u00fanicamente sobre el monto pagado por anticipado y sea acordado en el contrato respectivo;<\/p>\n\n\n\n
15. Cancelar anticipadamente el saldo de las operaciones pasivas total o parcialmente, con la aplicaci\u00f3n de los intereses que correspondan, para lo cual, se podr\u00e1 establecer una penalidad \u00fanicamente sobre los intereses devengados; siempre y cuando, no afecte la liquidez de la cooperativa, conforme a las Normas que emita el Ente Regulador sobre la materia. Asimismo, con relaci\u00f3n a las aportaciones que forman parte del patrimonio, podr\u00e1n ser retiradas siempre y cuando no se disminuya el \u00edndice de solvencia patrimonial requerido para las cooperativas;<\/p>\n\n\n\n
16. Poner a disposici\u00f3n los contratos y sus anexos, escritos de forma clara, con caracteres legibles y de f\u00e1cil comprensi\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n
17. No efectuar cobros por gastos de cobranza extrajudicial, sin haber sido informado previamente de los mecanismos a emplearse y los conceptos por los que se cobrar\u00e1n los mismos; y siendo necesario que se haya realizado una actividad concreta en la gesti\u00f3n de cobro. Dichos conceptos deber\u00e1n estar contenidos en el contrato y puestos en conocimiento del usuario al momento de la contrataci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n
18. Las gestiones de cobro, se realizar\u00e1n de manera respetuosa y en horarios adecuados, evitando conductas o acciones que puedan afectar la intimidad personal y familiar del deudor;<\/p>\n\n\n\n
19. La informaci\u00f3n proporcionada a las Cooperativas, sea utilizada y administrada exclusivamente para los fines que se suministr\u00f3, salvo, cuando la informaci\u00f3n deba proporcionarse en atenci\u00f3n a un mandato judicial o en cumplimiento a una disposici\u00f3n contenida en el marco legal aplicable;<\/p>\n\n\n\n
20. Presentar reclamos, en primera instancia ante la cooperativa y de no estar conforme con lo resuelto por \u00e9sta, podr\u00e1 recurrir al Ente Regulador, quienes deber\u00e1n tener una respuesta oportuna, por escrito y sin ning\u00fan costo para el cooperativista, teniendo el derecho a obtener el reembolso o devoluci\u00f3n de los importes indebidamente cobrados en operaciones activas o pasivas, en la misma especie en la que se efectuaron los mismos;<\/p>\n\n\n\n
21. Acceder a la informaci\u00f3n de los registros que contengan sus datos personales; as\u00ed como, a conocer la instituci\u00f3n que lo reporta; y, a reclamar la inmediata rectificaci\u00f3n o, en su caso, la cancelaci\u00f3n de aquellos registros que sean producto de omisi\u00f3n, error o requieran ser actualizados;<\/p>\n\n\n\n
22. Recibir el mismo trato, de aquellos que presentaron su reclamo y obtuvieron una compensaci\u00f3n o indemnizaci\u00f3n de parte de las cooperativas, cuando el motivo del reclamo sea una acci\u00f3n que gener\u00f3 una ganancia indebida y que la misma afecta al resto de los cooperativistas, sin que para ello tenga que presentar un reclamo; y,<\/p>\n\n\n\n
23. Recibir educaci\u00f3n financiera por parte de las cooperativas, que les permita mejorar su entendimiento sobre los productos y servicios financieros; as\u00ed como, desarrollar habilidades para la toma de decisiones, previamente informados, misma que debe abarcar a los potenciales cooperativistas.<\/p>\n\n\n\n
1. Conocer los derechos y obligaciones que se derivan de ser un cooperativista y de lo establecido en los contratos suscritos;<\/p>\n\n\n\n
2. Cumplir con lo pactado en la forma, plazos y condiciones establecidas en los contratos; siempre que lo pactado est\u00e9 conforme a los principios de transparencia contenidos en las presentes Normas y sobre otras disposiciones legales que al efecto emita el Ente Regulador;<\/p>\n\n\n\n
3. Proporcionar a las cooperativas informaci\u00f3n completa, veraz, \u00edntegra y confiable; y,<\/p>\n\n\n\n
4. Brindar un trato respetuoso al personal de las cooperativas. La interposici\u00f3n de un reclamo ante la cooperativa o el Ente Regulador, no exime al reclamante de cumplir con el pago de sus obligaciones; as\u00ed como, los intereses corrientes y moratorios generados con anterioridad o posterioridad al reclamo, ni cualquier otro cargo que haya contratado expresamente con la cooperativa. Los valores sujetos de reclamo, ser\u00e1n reversados de forma temporal, a fin de efectuar el proceso de investigaci\u00f3n respectivo. S\u00ed, estos cargos resultaren legalmente correctos, proceder\u00e1 a aplicarlos nuevamente, caso contrario, la cooperativa los eliminar\u00e1 en forma definitiva del saldo adeudado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
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